Unidades de Bebida estándar (U.B.E)
Con el fin de unificar criterios a la hora de calcular el consumo de alcohol, la Organización Mundial de la Salud (OMS), estipuló su medida a través de la Unidad de Bebida Estándar (U.B.E.). Cada U.B.E. supone entre 8 y 13 gramos de alcohol puro. Con una U.B.E. se puede medir la cantidad de alcohol puro, no la cantidad de líquido que se bebe. Un hígado sano puede metabolizar alrededor de una U.B.E cada hora u hora y media.
La recomendación de la OMS con respecto al consumo de bebidas alcohólicas es no superar los siguientes límites:
Colectivos de riesgo
Se consideran colectivos de riesgo a las personas que, por sus condiciones físicas, circunstancias o edad no deben ingerir ningún tipo de bebida alcohólica, pues cualquier cantidad supone un perjuicio. Estos colectivos son: conductores, mujeres embarazadas y menores de edad. Tampoco hay que olvidar a aquellas personas que padecen enfermedades que reducen su tolerancia a las bebidas alcohólicas o con trabajos que impliquen un riesgo para sí mismos o para los demás si se desarrollan bajo los efectos del alcohol.
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